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Vecinos ruidosos

Martes, Septiembre 23rd, 2008

Los Juzgados, Polícía, Guardia Civil e incluso Ayuntamientos, están colapsados de denuncias hechas por vecinos, Comunidades de Propietarios o arrendadores que, hartos de soportar los ruidos y molestias que causan sus vecinos, intentan que éstos se marchen de allí. Pues bien, existen varias vías para poder desalojar a unos vecinos que no paran de molestar, son dos las principales, y lo mejor es, por supuesto, acudir a un abogado para que estudie el caso concreto y vea como es más adecuado conducir el procedimiento.

Pero a grandes rasgos; si el que pretende el desalojo es el arrendador puede basarse en al art. 27.2 e) de la Ley de Arrendamientos Urbanos, aunque el procedimeinto sería más sencillo si previamente se ha incluido una estipulación concreta en el contrato para evitar tener que demostrar que nos encontramos ante una actividad “molesta” en la que se indique por ejemplo que será causa de resolución del contrato de arrendamiento el que el arrendatario celebre fiestas continuadas en la vivienda o que subarriende el piso. Si, por el contrario son los vecinos del inmueble (la Comunidad de Propietarios) quienes quieren desalojar a sus vecinois ruidosos, entonces debe entrar en juego la acción de cesación de la Ley de Propiedad Horizontal, art. 7.2 según la cual el Presidente de la comunidad ha de requerir a quien realice las actividades prohibidas (ruidos, daños, peleas, etc.) la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes y si el infractor persiste en su conducta, el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, podrá entablar contra él acción de cesación.

Como digo, éstos son, a grandes rasgos, los pasos a seguir para poder desalojar a unos vecinos ruidosos y molestos. Si tiene un problema similar a éste no dude en contactar con nosotros a través de nuestra web www.lopezabogados.info.