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Nuevos incentivos para paliar la crisis de los trabajadores.

Martes, Junio 9th, 2009

Las nuevas medidas para fomentar el empleo y mejorar la protección social de los parados son:

- Bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social para empresas que contraten desempleados, a cuenta de la prestación pendiente de recibir por su parte y con un límite de cuota de tres años.

- Se está estudiando no compensar la indemnización por ERE definitivo de los cobros recibidos  por desempleo si previamente el parado pasó por ERE temporal hasta el límite de cuatro meses.

- Se incrementará hasta el 80 % el porcentaje de capitalización del pago de la prestación por desempleo para jóvfenes de hasta 30 años y mujeres hasta 35 que se destine para financiar la inversión.

- Se introducirá una bonificación del 50% en la cuota empresarial a la Seguridad Social para los autónomos que contraten indefinidamente a su primer trabajador asalariado, siempre y cuando no pueda acogerse a la bonificación total por contratación de desempleados.

- Se ajustarán algunos epígrafes o límites de los módulos de cotización a la Seguridad Social.

- Se implantarán fórmulas para paliar el efecto que causa en los trabajadores autónomos el pago adelantado del IVA.

- Se evaluará el impacto del plan de Inversión Local de 8.000 millones de euros.

Novedades Fiscales 2009

Miércoles, Marzo 18th, 2009

Las novedades fiscales más relavantes para este año 2009 son:

IRPF:

- Mantenimiento de la deducción de 400 € anuales en la cuota con la posibilidad de realizarla anticipadamente minorando las retenciones.

- Posibilidad de rebajar las retenciones en dos puntos porcentuales para los contribuyentes con rendimientos de trabajo inferiores a 33.007,20€ y que destinen cantidades a la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual con financiación ajena por la que tenga derecho a deducción por inversión en vivienda habitual.

Impuesto sobre el Patrimonio:

- Eliminado con efectos desde el 1 de enero de 2008.

IVA:

- Eliminación, como sujeto pasivo, de las entidades que no realizan actividades económicas o están inactivas, aunque sean sociedades mercantiles.

- Nuevo sistema de devulución mensual, previa inscripción en el registro de devolución mensual en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deba surtir efectos.

- Reducción de la base imponible en los casos en que se emite una factura y no se ha cobrado por completo.

Impuesto sobre Sociedades:

- Libertad de amortización con mantenimiento de empleo sobre las inversiones en nuevos elementos de inmovilizado material e inmobiliarias afectos a actividades económicas.

- Deducción por investigación, desarrollo e innovación tecnológica en cualquier país de la UE y del EEE.

Incentivos a la compra de vivienda.

Jueves, Marzo 5th, 2009

La compravente de viviendas ha frenado en seco, la oferta es amplísima y la demanda pácticamente inexistente debido a la dificultad, por no decir imposibilidad, de obtener un préstamo hipotecario. Para paliar la caída en las ventas, el Gobierno planea reducir el tipo del IVA de un 16% a un 7% en los alquileres con opción a compra, para equiparar los tipos a la compraventa.

El Ministro de Economía pretende que la medida se lleve a cabo en tres meses, para impulsar este tipo de adquisiciones  de vivienda en las cuales la financiación deja de ser bancaria y se daría por parte del promotor, ya que el contrato de alquiler con opción a compra es un alquiler en el cual, al cabo de un período de timpo, generalmente tres o cinco años, el arrendatario puede optar por comprar o no la vivienda y una parte, previamente pactada, de las cantidades abonadas en concepto de alquileres, se capitalizarían como parte del precio ya pagada.

Actualmente son dos los obstáculos más importantes que se encuantran para que este tipo de contrato sea mayoritario, sobre todo con la caída del sistema financiero. Una es la tributaria, como hemos dicho durante el alquiler, el arrendatario que goza de opción a compra ha de pagar el 16% de IVA, mientras que el resto de alquileres están exentos y la compraventa se encuentra con un tipo del 7%, lo que produce un considerable encarecimiento de este tipo de alquileres. Y por otro lado, existe un obstáculo para los promotores, éstos, que en muchos casos construyen gracias a la financiación con créditos hipotecarios, pueden encontrarse con que, tras tres años, un inquilino no opte por la compra, pero éste tiene derecho a permanecer en la vivienda durante dos años más, lo que hará que el arrendador tenga que devolver el préstamo hipotecario sin haber recibido el precio de la vivienda, y en muchos casos, será el promotor el que no pueda hacer frente a este pago. Para solucionar este problema se ha abierto una nueva línea ICO dotada con 3.000 millones de euros para que los promotores puedan ponen en alquiler las viviendas que están en venta con un menor riesgo financiero; el importe del crédito ICO habrá de destinarse al pago de los créditos de los promotores y cubrirá como máximo el 50% del préstamo hipotecario.